Abogados de herencias internacionales en Madrid
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Abogados expertos en herencias internacionales en Madrid: derecho de sucesiones con elemento extranjero
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Marcos Herrero y Yolanda Fernández, socios colegiados en el ICAM
Una herencia es internacional cuando la persona fallecida tenía otra nacionalidad o residía fuera de España, cuando deja bienes en varios países o cuando los herederos viven en el extranjero. En esos casos hay que resolver cuestiones que en una herencia nacional no se plantean: qué ley decide quiénes son los herederos y cuánto les corresponde, qué autoridades son competentes, cómo se acredita en un país la condición de heredero reconocida en otro y dónde se paga el impuesto de sucesiones. Un error en cualquiera de esos pasos puede bloquear las cuentas o la venta de un inmueble durante meses, e incluso años, y generar conflictos entre los herederos.
En Fernández & Herrero Abogados el derecho sucesorio lo dirige la socia responsable del área de herencias, y trabajamos con notarios en España y con despachos colaboradores en otros países cuando la herencia lo exige. Somos especialistas en esta materia y nuestro equipo da a cada cliente un asesoramiento claro y de confianza sobre su situación y sus necesidades, resuelve sus dudas y defiende sus intereses: analizamos la ley aplicable, reunimos y legalizamos la documentación extranjera, nos encargamos de la tramitación de la aceptación y la partición de la herencia en España y planificamos el pago del impuesto para que los herederos tomen decisiones con información y seguridad.
Qué hacemos en herencias internacionales
Extranjeros con bienes en España
Herencias de personas de otra nacionalidad con una vivienda, cuentas, acciones o participaciones en empresas en España, residieran aquí o no.
Españoles con bienes o herederos fuera
Herencias de residentes en España con bienes en otro país o con herederos que viven en el extranjero.
Planificación y testamento
Testamento en España con elección de ley aplicable y planificación sucesoria para patrimonios en varios países.
Impuestos de no residentes
Liquidación del impuesto de sucesiones de herederos no residentes, plusvalía municipal y doble imposición.
¿Herencia con bienes o herederos en varios países?
Qué ley se aplica a una herencia internacional: el Reglamento europeo de sucesiones
Desde el 17 de agosto de 2015 se aplica en España el Reglamento (UE) 650/2012, que ha unificado las reglas en casi toda la Unión Europea, salvo Dinamarca e Irlanda. La regla general es que toda la herencia se rige por la ley del país en el que el causante tenía su residencia habitual en el momento del fallecimiento, con independencia de dónde estén los bienes, de su valor y de su nacionalidad. Esa misma ley decide quiénes son los herederos, si hay legítimas y cuánto suponen, y cómo se reparte la herencia. Los tribunales y, en general, las autoridades de ese país son los competentes para tramitarla, y el procedimiento sigue sus normas. En España, si los herederos están de acuerdo, la herencia se acepta y se reparte ante notario; si no hay acuerdo, se puede pedir la división judicial, y nuestra defensa se centra en buscar antes una solución pactada que evite el pleito.
Hay una excepción importante: en el testamento, una persona puede elegir que su sucesión se rija por la ley de su nacionalidad. Es lo que se llama professio iuris, y es una herramienta muy útil, por ejemplo, para un británico o un alemán que vive en España y quiere que se aplique su propia ley, o para un español residente fuera que quiere mantener la ley española. Para las herencias de personas fallecidas antes de esa fecha se sigue aplicando el artículo 9.8 del Código Civil, que remite a la ley nacional del causante.
Trámites e impuesto de sucesiones en una herencia internacional
Para tramitar la herencia en España hacen falta, además del certificado de defunción y el de últimas voluntades, los documentos extranjeros con la apostilla de La Haya o legalizados y, si no están en español, con traducción jurada. Los herederos no residentes necesitan un NIE para firmar ante notario, pagar impuestos o recibir bienes. Si la herencia se ha tramitado en otro país de la Unión, el certificado sucesorio europeo permite acreditar la condición de heredero en España sin repetir el proceso, y a la inversa.
En cuanto a la fiscalidad, los herederos residentes en España tributan por todo lo que heredan, esté donde esté; los no residentes solo tributan en España por los bienes situados aquí. Tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 2014 y la jurisprudencia posterior del Tribunal Supremo, los no residentes pueden aplicar en muchos casos la normativa autonómica, como la bonificación del 99 % de la Comunidad de Madrid para hijos, cónyuge y padres. El plazo general es de seis meses desde el fallecimiento, y existe una deducción para evitar pagar dos veces por los mismos bienes cuando también se tributa en el extranjero.
Herencia nacional o internacional
| Herencia nacional | Herencia internacional | |
|---|---|---|
| Ley aplicable | La española | La de la residencia habitual del causante, o la de su nacionalidad si la eligió |
| Documentos | Españoles | Extranjeros con apostilla y traducción jurada |
| Acreditar herederos | Testamento o declaración de herederos | Además, certificado sucesorio europeo si hay bienes en otros países de la UE |
| Qué hacemos | Aceptación, partición e impuestos | Ley aplicable, documentación, partición e impuestos de no residentes |
¿Qué ley y qué impuesto?
Qué documentos necesitas
- Certificado de defunción y de últimas voluntades, en España y en el país de origen
- Testamento, si lo hay, y documento de identidad del causante
- Pasaportes o NIE de los herederos
- Escrituras de los inmuebles y extractos de cuentas
- Documentos de la herencia tramitada en otro país, si la hay
¿Te falta alguno? No pasa nada, te ayudamos a conseguirlo.
Cómo tramitamos una herencia internacional paso a paso
Ley aplicable
Determinamos qué ley rige la herencia y qué autoridades son competentes.
Documentación
Reunimos los documentos extranjeros, apostillas, traducciones y NIE.
Aceptación y partición
Escritura de aceptación y adjudicación ante notario en España.
Impuestos y registros
Liquidación de impuestos, plusvalía e inscripción de los bienes.
Por qué elegirnos para tu herencia internacional
- Análisis de la ley aplicable antes de dar ningún paso, con una asesoría pensada para asuntos complejos y para la protección de cada parte de la herencia.
- Coordinación con notarios en España y despachos colaboradores en otros países.
- Planificación fiscal para herederos residentes y no residentes.
- Atención directa de la socia responsable de herencias, sin intermediarios ni un equipo que rota: la misma persona de principio a fin.
- Experiencia también en testamentos, declaraciones de herederos, impugnaciones y en los problemas patrimoniales que surgen tras un divorcio con bienes en varios países.
No prometemos plazos que dependen de autoridades de otros países: prometemos rigor en cada trámite y una gestión ordenada de la herencia.
Opiniones en Google
Herencias internacionales en Madrid y en toda España
Sin intermediarios: te atienden los socios que llevarán tu asunto.
- Despacho: Barajas (Madrid)
- Notarías de Madrid y juzgados de la Comunidad de Madrid, con atención a herederos que viven fuera de España
- Atendemos en el despacho, por teléfono o por videollamada.
Preguntas frecuentes sobre herencias internacionales
¿Qué ley se aplica a la herencia de un extranjero en España?
La del país donde tenía su residencia habitual al fallecer. Si vivía en España, la española, salvo que en su testamento eligiera la ley de su nacionalidad.
¿Cómo tributa una herencia recibida del extranjero?
Si resides en España, tributas aquí por todo lo que heredas, con deducción por lo pagado fuera. Si no resides, solo por los bienes situados en España.
¿Qué es el certificado sucesorio europeo?
Un documento que acredita quiénes son los herederos y sus derechos y que vale en los demás países de la Unión Europea, salvo Dinamarca e Irlanda.
¿Necesito NIE para heredar en España?
Sí. Los herederos extranjeros necesitan un NIE para firmar la escritura de herencia, pagar el impuesto y recibir los bienes.
¿Puedo hacer testamento en España si soy extranjero?
Sí, ante notario, y puedes elegir en él la ley de tu nacionalidad para tu herencia.
YFEscrito y revisado por
Yolanda Fernández · Abogada de herencias · ICAM 138.217 · Actualizado octubre de 2026 · Ver perfil
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