Abogados de reclamación a seguros en Madrid
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Por escritoEstudio de la póliza
ICAMSocios colegiados
MadridJuzgados de primera instancia
Abogados especialistas en reclamaciones de seguros en Madrid
MHYFLlevan tu caso
Marcos Herrero y Yolanda Fernández, socios colegiados en el ICAM
Contratamos un seguro para que, cuando pasa algo, la compañía responda. Pero muchas veces no es así: la aseguradora rechaza el siniestro alegando una exclusión de la póliza o una enfermedad anterior, discute la causa de los daños, ofrece una indemnización muy por debajo de su valor real o simplemente deja pasar el tiempo sin pagar. Frente a una compañía con sus propios peritos y abogados, el asegurado necesita conocer sus derechos y la interpretación que hacen los tribunales de las cláusulas, que en muchos casos le dan la razón.
En Fernández & Herrero Abogados la socia responsable del área civil, con un equipo con experiencia en derecho de seguros, lleva las reclamaciones a compañías de seguros de particulares, familias, profesionales y pequeñas empresas, según las necesidades de cada uno. Damos a cada cliente un asesoramiento claro desde la primera consulta: estudiamos la póliza, las condiciones generales y particulares, la comunicación del siniestro y la respuesta de la aseguradora, valoramos la viabilidad de la reclamación y buscamos la solución más rápida en todo el proceso, con la negociación o, si hace falta, con la demanda ante los tribunales, y te mantenemos informado de cada gestión y de cada resultado. Nuestro objetivo es que cobres la indemnización que te corresponde y los intereses de demora.
Reclamaciones a aseguradoras que llevamos
Seguros de hogar y comunidades
Daños por agua, incendio, robo o fenómenos atmosféricos que la compañía rechaza o valora a la baja.
Seguros de vida e incapacidad
Rechazo del pago por fallecimiento o por incapacidad permanente, a menudo alegando una enfermedad previa no declarada.
Salud, decesos y accidentes
Coberturas médicas denegadas, reembolsos, seguros de accidentes y de decesos que no se cumplen.
Responsabilidad civil
Reclamación directa a la aseguradora de quien te causó el daño, y defensa frente a reclamaciones de terceros.
¿Tu seguro no paga?
Tus derechos frente a la aseguradora: la Ley de Contrato de Seguro
La Ley 50/1980, de Contrato de Seguro, protege al asegurado en varios puntos clave. Las cláusulas que limitan sus derechos tienen que estar destacadas de modo especial en la póliza y aceptadas específicamente por escrito; si no es así, la compañía no puede aplicarlas. La aseguradora debe pagar la indemnización al terminar las investigaciones y peritaciones y, en todo caso, abonar en los cuarenta días siguientes a la declaración del siniestro el importe mínimo que pueda deber. Si no paga en tres meses sin causa justificada, el artículo 20 le impone intereses de demora del interés legal del dinero incrementado en un cincuenta por ciento, que después de dos años no pueden ser inferiores al veinte por ciento anual.
En los seguros de vida y salud, el rechazo más habitual es la supuesta ocultación de una enfermedad. El asegurado tiene el deber de declarar lo que la compañía le pregunte en el cuestionario de salud, pero según el Tribunal Supremo, si la aseguradora no preguntó por esa enfermedad o el cuestionario fue genérico, no puede negarse a pagar. En los daños materiales, si no hay acuerdo sobre la valoración, la ley prevé un procedimiento de peritos. El perjudicado por un daño, además, puede reclamar directamente a la aseguradora de responsabilidad civil del causante.
Cómo reclamar a una compañía de seguros: información sobre plazos y vías
Lo primero es comunicar el siniestro a la compañía en el plazo de siete días desde que se conoce, conservar las pruebas y pedir por escrito la respuesta de la aseguradora. Si rechaza el siniestro o la oferta es insuficiente, se puede presentar una reclamación ante su servicio de atención al cliente o defensor del asegurado y, después, ante el servicio de reclamaciones del supervisor de seguros. Si la compañía sigue sin pagar, la vía que obliga a hacerlo con todas las garantías es la judicial, con la demanda en el juzgado del domicilio del asegurado.
Hay que tener en cuenta los plazos de prescripción: dos años para las acciones de los seguros de daños y cinco para los seguros de personas, como los de vida o accidentes. Un burofax bien redactado interrumpe la prescripción y muchas veces abre la negociación. Para los accidentes de circulación, cuando el seguro del coche o de la moto no paga, existe un régimen especial con su propio baremo, que tratamos en nuestra página de accidentes de tráfico.
Reclamación a la compañía o demanda judicial
| Reclamación extrajudicial | Demanda judicial | |
|---|---|---|
| Ante quién | Atención al cliente de la aseguradora y supervisor de seguros | Juzgado del domicilio del asegurado |
| Resultado | Muchas veces lleva a un acuerdo sin juicio | Sentencia con la indemnización y los intereses de demora |
| Cuándo encaja | Discrepancias sencillas o primera reclamación | Rechazo del siniestro o falta de acuerdo |
| Qué hacemos | Redactamos la reclamación y negociamos | Preparamos la prueba pericial y defendemos la demanda |
¿Reclamación o demanda?
Qué necesitas para reclamar a la aseguradora
- Póliza con las condiciones generales y particulares firmadas
- Parte o comunicación del siniestro y la respuesta de la compañía
- Fotografías, facturas y presupuestos de los daños
- Informes médicos, si es un seguro de personas
- Cuestionario de salud, si la compañía alega una enfermedad previa
¿Te falta alguno? No pasa nada, te ayudamos a conseguirlo.
Cómo trabajamos tu reclamación paso a paso
Estudio de la póliza
Revisamos las coberturas, las exclusiones y si las cláusulas son válidas.
Prueba de los daños
Peritos independientes valoran los daños o las lesiones.
Reclamación y negociación
Requerimos a la compañía y negociamos el pago.
Demanda
Si no paga, demandamos con la indemnización y los intereses.
Por qué elegirnos para reclamar a tu aseguradora
- Lectura experta de la póliza y de las cláusulas limitativas.
- Peritos independientes frente a los de la compañía.
- Reclamación de los intereses de demora que la ley impone a la aseguradora.
- Atención directa de la socia responsable del área civil, sin intermediarios: la misma persona de principio a fin.
- Transparencia sobre la viabilidad y los plazos desde el principio.
No prometemos el éxito ni una indemnización que depende de la compañía o del juez: prometemos rigor en el estudio de tu póliza y en la defensa de tus intereses.
Opiniones en Google
Reclamaciones a seguros en Madrid y en toda la Comunidad de Madrid
Sin intermediarios: te atienden los socios que llevarán tu asunto.
- Despacho: Barajas (Madrid)
- Juzgados de primera instancia de Madrid y del resto de partidos judiciales de la Comunidad de Madrid
- Atendemos en el despacho, por teléfono o por videollamada.
Preguntas frecuentes sobre reclamaciones a seguros
¿Dónde poner una reclamación a una compañía de seguros?
Primero ante su servicio de atención al cliente o defensor del asegurado, después ante el servicio de reclamaciones del supervisor de seguros y, si no paga, en el juzgado.
¿Cuánto tarda un seguro en contestar una reclamación?
La compañía debe pagar al terminar sus peritaciones y adelantar en cuarenta días el mínimo que deba. Si no paga en tres meses sin causa justificada, debe intereses de demora.
¿Qué hacer cuando la aseguradora rechaza la reclamación?
Pedir por escrito el motivo, revisar si la exclusión estaba destacada y firmada, y reclamar con un informe pericial antes de que prescriba la acción.
¿Puede negarse el seguro de vida por una enfermedad previa?
Solo si te preguntaron por ella en el cuestionario de salud y la ocultaste. Si no te preguntaron, la compañía no puede alegarla.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar al seguro?
Dos años en los seguros de daños y cinco en los de personas, contados desde que se pudo reclamar.
YFEscrito y revisado por
Yolanda Fernández · Abogada civil · ICAM 138.217 · Actualizado octubre de 2026 · Ver perfil
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