Abogados de derecho bancario en Madrid
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Abogados expertos en derecho bancario en Madrid para particulares
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Marcos Herrero y Yolanda Fernández, socios colegiados en el ICAM
La relación con un banco es desigual: el contrato lo redacta la entidad y el cliente firma condiciones generales que casi nunca puede negociar, en productos y operaciones cuya letra pequeña pocas personas leen con calma. Por eso la ley protege a los consumidores con el control de transparencia y la nulidad de las cláusulas abusivas, y los tribunales, con el Tribunal Supremo y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea a la cabeza, han ido fijando qué puede reclamarse y cómo.
En Fernández & Herrero Abogados damos asesoramiento legal en derecho bancario a particulares, familias, trabajadores autónomos y pequeñas empresas de Madrid. Somos un bufete de abogados especializados en derecho civil, con un equipo de profesionales que conoce bien cómo responde cada entidad bancaria en estas cuestiones. Estudiamos tu hipoteca, tu préstamo o tu tarjeta, te decimos con claridad si hay algo que reclamar y qué cantidad podrías recuperar, y llevamos la reclamación al banco y, si hace falta, al juzgado. Si no vemos opciones reales, también te lo decimos: la confianza empieza por estudiar el caso antes de prometer nada.
Reclamaciones bancarias que llevamos
Cláusula suelo y gastos de hipoteca
Nulidad de la cláusula suelo y devolución de lo cobrado de más, y reclamación de la parte de los gastos de constitución de la hipoteca que correspondía al banco.
IRPH, multidivisa y comisiones
Hipotecas referenciadas al IRPH o en divisas, comisión de apertura y otras comisiones cobradas sin un servicio real o sin información clara.
Tarjetas revolving y créditos con intereses abusivos
Contratos de tarjeta o de crédito al consumo con un tipo de interés que puede ser usurario o con cláusulas que no superan el control de transparencia. También productos de inversión complejos, como preferentes o derivados, vendidos sin la información necesaria.
Ejecución hipotecaria y deudas con el banco
Defensa del deudor en la ejecución hipotecaria, oposición por cláusulas abusivas, avales y garantías personales, y negociación de un acuerdo sobre la deuda con la entidad.
¿Crees que tu banco te ha cobrado de más?
Reclamaciones por la hipoteca: cláusula suelo, gastos e IRPH
La cláusula suelo es nula cuando el banco no explicó de forma comprensible cómo afectaba a la cuota. Desde la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de diciembre de 2016, la devolución alcanza todo lo cobrado de más desde el inicio del préstamo, con sus intereses. Los gastos de constitución de la hipoteca se reparten según la doctrina del Tribunal Supremo: una parte de notaría y la gestoría, el registro y la tasación, según la fecha del contrato, corresponden a la entidad.
En las hipotecas referenciadas al IRPH, los tribunales analizan si el banco informó de cómo se calculaba ese índice y de su evolución frente a otros. No todos los casos tienen el mismo resultado, la jurisprudencia se ha movido mucho en los últimos años y por eso conviene revisar la documentación de la firma, la oferta vinculante y la escritura antes de demandar.
Tarjetas revolving, usura y ejecución hipotecaria
En las tarjetas revolving el problema suele ser doble: un tipo de interés notablemente superior al normal del dinero, que la Ley de Usura de 1908 permite declarar nulo, y una información insuficiente sobre cómo funciona el crédito. Si el contrato es usurario, el cliente solo tiene que devolver el capital dispuesto y el banco le devuelve los intereses y comisiones que haya pagado por encima.
Si el banco ha iniciado una ejecución hipotecaria, los plazos para oponerse son muy cortos. En esa situación revisamos el vencimiento anticipado, los intereses de demora y el resto de cláusulas, porque una cláusula abusiva puede frenar o reducir la ejecución, y estudiamos con el deudor la negociación de la deuda, la solución que mejor proteja sus bienes y las medidas que da la normativa de protección de deudores hipotecarios.
¿Reclamación al banco o demanda judicial?
| Reclamación extrajudicial | Demanda judicial | |
|---|---|---|
| Cuándo encaja | El banco puede reconocer la cláusula o los gastos sin juicio | El banco rechaza la reclamación o no contesta en plazo |
| Cómo se hace | Reclamación al servicio de atención al cliente de la entidad | Demanda de nulidad y de devolución de cantidades en el juzgado |
| Qué hacemos | Redactamos la reclamación y valoramos la respuesta del banco | Preparamos la demanda y te defendemos en el procedimiento |
¿Reclamación al banco o demanda?
Qué documentos necesitas
- Escritura de la hipoteca o contrato del préstamo o de la tarjeta
- Oferta vinculante, ficha de información y otros papeles de la firma, si los conservas
- Facturas de notaría, registro, gestoría y tasación
- Extractos o recibos donde se vean los intereses y comisiones cobrados
- Cartas o requerimientos del banco y, si la hay, la demanda de ejecución
¿Te falta alguno? No pasa nada, te ayudamos a pedirlo al banco.
Cómo avanza tu reclamación bancaria
Estudio del contrato
Analizamos la escritura o el contrato y calculamos lo que podría reclamarse.
Reclamación al banco
Presentamos la reclamación extrajudicial a la entidad y esperamos su respuesta.
Demanda
Si el banco no acepta, presentamos la demanda de nulidad y de devolución en el juzgado de primera instancia.
Sentencia y cobro
Si la sentencia es favorable, pedimos su ejecución para que el banco pague lo que corresponda.
Por qué elegir nuestro despacho de abogados de derecho bancario
Contar con un abogado especialista en derecho bancario equilibra una relación en la que el banco tiene sus propios servicios jurídicos. Nuestro compromiso es que entiendas en todo momento tu situación, el proceso y lo que se puede conseguir.
- Estudio previo honesto: te decimos si tu caso tiene recorrido antes de iniciar ningún procedimiento.
- Conocimiento de la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que cambia cada poco en esta materia.
- Un abogado responsable de tu reclamación de principio a fin, con atención directa en la oficina, por teléfono o por videollamada y una gestión completa del asunto.
- Coordinación con el resto de áreas del despacho, según tus necesidades, cuando la deuda con el banco afecta a un divorcio, una herencia o una vivienda.
- Información clara sobre los pasos, los plazos, las opciones y la cantidad que se reclama en cada fase, para que decidas con seguridad.
No prometemos el éxito ni resultados que dependen del juzgado: prometemos rigor, transparencia y seguimiento de tu caso.
Opiniones en Google
Abogados bancarios en Madrid y en toda la Comunidad de Madrid
Sin intermediarios: te atienden los socios que llevarán tu asunto.
- Despacho: Barajas (Madrid)
- Juzgados de primera instancia de Madrid capital y del resto de partidos judiciales de la Comunidad de Madrid
- Atendemos en el despacho, por teléfono o por videollamada, también a clientes de otro punto de España con un préstamo firmado en Madrid.
Preguntas frecuentes sobre derecho bancario
¿Qué hace un abogado de derecho bancario?
Presta asesoría en los conflictos con bancos y entidades financieras: revisa los contratos, detecta cláusulas abusivas o falta de transparencia, reclama la devolución de lo cobrado de más y defiende al cliente en procedimientos como la ejecución hipotecaria.
¿Qué tipo de abogado necesito para demandar a un banco?
Un abogado especializado en derecho bancario y con experiencia en derecho civil, porque en el ámbito del consumidor estas reclamaciones se tramitan en los juzgados de primera instancia y dependen mucho de la jurisprudencia más reciente.
¿Puedo reclamar la cláusula suelo si ya terminé de pagar la hipoteca?
Puede haber opciones, según la fecha y las circunstancias. Lo valoramos con la escritura y los recibos.
¿Hay que reclamar primero al banco?
En muchos casos conviene, porque las entidades deben contestar en un plazo y asumir su responsabilidad si la cláusula es nula, y en algunos lo exige la ley o el propio procedimiento. La reclamación previa deja constancia y a veces resuelve el asunto sin juicio.
YFEscrito y revisado por
Yolanda Fernández · Abogada civil · ICAM 138.217 · Actualizado octubre de 2026 · Ver perfil
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