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Abogados de separación de bienes en Madrid

Pactar la separación de bienes antes de casarte, cambiar de régimen durante el matrimonio o repartir los gananciales en el divorcio. Te asesoramos y preparamos las capitulaciones, el inventario y la liquidación.
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    Responsable: Fernández & Herrero Abogados. Finalidad: llamarte por tu consulta. No cedemos tus datos a terceros salvo obligación legal. Puedes ejercer tus derechos escribiéndonos.

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    Por escritoInventario y reparto

    ICAMSocios colegiados

    MadridNotarías y juzgados

    Abogada especialista en separación de bienes en Madrid: régimen económico matrimonial

    Llevan tu caso
    Marcos Herrero y Yolanda Fernández, socios colegiados en el ICAM

    El régimen económico matrimonial decide de quién es lo que la pareja gana y compra durante el matrimonio. En Madrid, como en la mayor parte de España, si los cónyuges no pactan nada se aplica la sociedad de gananciales: los sueldos, los ahorros y lo que se compra con ellos es de los dos por mitad. Con la separación de bienes, en cambio, cada cónyuge conserva la propiedad de lo que tenía y de lo que adquiere, y responde de sus propias deudas. En Cataluña o Baleares ocurre al revés: la separación es el régimen por defecto.

    En Fernández & Herrero Abogados la socia responsable del área de familia asesora a parejas que quieren pactar la separación de bienes, a matrimonios que deciden cambiar de régimen y a cónyuges que tienen que liquidar la sociedad de gananciales en un divorcio o una separación. Estudiamos el patrimonio, la vivienda, las deudas y las circunstancias de cada uno, te explicamos las ventajas y los inconvenientes de cada opción y preparamos los documentos con el notario o la demanda ante el juzgado. Somos expertos en este tipo de asuntos y resolvemos tus dudas con un asesoramiento claro y de confianza, buscando soluciones para que las decisiones sobre su patrimonio no generen conflictos ni problemas en el futuro.

    Qué hacemos por nuestros clientes en materia de separación de bienes

    Capitulaciones antes de la boda

    Pacto de separación de bienes ante notario antes de casarse, con las cláusulas que necesite cada pareja.

    Cambio de régimen durante el matrimonio

    Paso de gananciales a separación de bienes con nuevas capitulaciones y la liquidación de lo que había en común.

    Liquidación de gananciales

    Inventario, valoración y reparto de los bienes y las deudas comunes en el divorcio, por acuerdo o en el juzgado.

    Vivienda y bienes en común

    Extinción del condominio de la casa comprada a medias y división de los bienes que los dos tienen en propiedad.

    ¿Quieres pactar la separación de bienes o repartir los gananciales?

    Cuéntanos qué bienes y deudas tenéis; te explicamos las opciones.

    Capitulaciones matrimoniales: cómo pactar la separación de bienes

    La separación de bienes se pacta en capitulaciones matrimoniales, que se otorgan en escritura pública ante notario antes o después de la boda, según los artículos 1325 a 1335 del Código Civil. Si se firman antes, solo producen efecto si el matrimonio se celebra en el plazo de un año. Para que tengan efecto frente a terceros, se inscriben en el Registro Civil y, si hay inmuebles, se pueden hacer constar en el Registro de la Propiedad. Un cambio de régimen durante el matrimonio no perjudica los derechos que ya tenían los acreedores.

    Con la separación de bienes, cada cónyuge administra y dispone de lo suyo, pero los dos tienen que contribuir a las cargas del matrimonio en proporción a sus recursos. El artículo 1438 del Código Civil dice que el trabajo para la casa computa como contribución a esas cargas y da derecho a una compensación al extinguirse el régimen. Es un aspecto clave para el cónyuge que reduce su jornada o deja de trabajar para cuidar de la familia, y se debe tener en cuenta al redactar las capitulaciones, con la ayuda de un abogado especializado y de forma que cada cláusula sea clara para la vida en común y para una posible ruptura de la relación.

    Liquidación de la sociedad de gananciales en el divorcio

    La sociedad de gananciales se disuelve con el divorcio, la separación o la nulidad, cuando los cónyuges pactan otro régimen y, en algunos casos, por decisión del juez, por ejemplo tras más de un año de separación de hecho. Disolverla no basta: después de la resolución que la disuelve hay que liquidarla, es decir, hacer el inventario de los bienes y las deudas comunes, valorarlos, pagar las deudas y repartir lo que queda. Hay que separar también los bienes privativos de cada uno, como los que tenía antes de casarse o los que recibió por herencia, y calcular los reembolsos entre la sociedad y cada cónyuge.

    Si hay acuerdo, la liquidación se firma ante notario o se incluye en el convenio regulador del divorcio. Si no lo hay, por ejemplo en un divorcio contencioso, la Ley de Enjuiciamiento Civil prevé un procedimiento judicial con dos fases: la formación del inventario y, después, la liquidación con la valoración y el reparto. La vivienda familiar suele ser el punto más delicado, sobre todo si tiene hipoteca: puede adjudicarse a uno de los cónyuges, venderse o quedar en copropiedad.

    Separación de bienes, hijos y pensiones: qué cambia en el divorcio

    El régimen económico solo afecta al patrimonio. La custodia de los hijos, el régimen de visitas y la pensión de alimentos se deciden igual con gananciales que con separación de bienes, en el convenio regulador o en la sentencia del juez, según las necesidades de los hijos y los recursos de cada progenitor. Donde sí influye es en la pensión compensatoria y en el uso de la vivienda: si un cónyuge no ha participado en lo que el otro ganó, el desequilibrio económico tras la ruptura puede ser mayor, y el juez lo tiene en cuenta.

    Por eso, en un divorcio contencioso la estrategia tiene que mirar a la vez las medidas sobre los hijos, la compensación del artículo 1438 y el reparto de los bienes comunes. Y si más adelante cambian las circunstancias, las medidas sobre los hijos y las pensiones se pueden revisar con una modificación de medidas, mientras que el reparto del patrimonio, una vez firmado, solo se puede impugnar en casos muy limitados.

    Gananciales o separación de bienes

    Sociedad de ganancialesSeparación de bienes
    Lo que se gana en el matrimonioEs de los dos por mitadEs de quien lo gana o lo compra
    DeudasResponden los bienes comunesCada uno responde de las suyas
    En el divorcioHay que liquidar la sociedadSolo se reparten los bienes en común
    Qué hacemosLiquidación por acuerdo o en el juzgadoCapitulaciones y protección del cónyuge que cuida de la casa

    ¿Notario o juzgado?

    Lo vemos contigo según haya o no acuerdo.

    Qué documentos necesitas

    ¿Te falta alguno? No pasa nada, te ayudamos a conseguirlo.

    El proceso paso a paso

    1

    Estudio del patrimonio

    Revisamos los bienes, las deudas y el régimen que tenéis.

    2

    Propuesta

    Te explicamos las opciones y preparamos el inventario o las capitulaciones.

    3

    Notario o juzgado

    Firma ante notario si hay acuerdo, o demanda de liquidación si no lo hay.

    4

    Inscripción y reparto

    Inscripción en los registros y adjudicación de los bienes.

    Por qué elegirnos: abogados especialistas en separación de bienes

    • Una visión completa del patrimonio: vivienda, hipoteca, empresa y bienes privativos.
    • Negociación del reparto para evitar un procedimiento largo y complejo de liquidación, y la tranquilidad de saber que el acuerdo es legal y ejecutable.
    • Protección del cónyuge que ha dedicado su tiempo a la familia.
    • Atención directa de la socia responsable de familia, sin intermediarios ni un equipo que rota: la misma persona de principio a fin.
    • Experiencia también en divorcios, herencias y testamentos, que suelen ir unidos al régimen económico.

    No prometemos un reparto que depende del acuerdo o del juez: prometemos rigor en cada cuenta y en la defensa de tus intereses.

    Opiniones en Google

    5,0
    Excelente
    Basado en 29 reseñas en Google
    Natalia Gutiérrez Álvarez
    hace 6 días
    Tuve un problema y no sabía qué hacer. Me ayudaron y me acompañaron en todo momento. En estos momentos que no sabes ni qué hacer lo mejor es que haya gente profesional pero que te explique bien las cosas. El trato con Yolanda fue increíble.
    Miguel Fernández Mañas
    hace 2 semanas
    Servicio excelente. Me estan ayudando con un procedimiento y el trato, cercanía y experiencias son lo que me ha hecho confiar en ellos. Recomendado 100%
    Jose Lucio Vicente
    hace 1 mes
    Servicio profesional y trato humano. Era la primera vez que me encontré en necesidad de apoyo y representación legal y tuve la suerte de que me recomendaran estos maravillosos abogados. Las múltiples dudas, pesares y problemas se disiparon gracias a su sobresaliente atención y trabajo. Desde luego que, en caso de necesidad, volveré a recurrir a sus servicios. ¡Mil gracias por todo!
    Jessica Valenzuela Rodríguez
    hace 2 meses
    Quiero agradecer al equipo de abogados que me acompañó durante todo el proceso. Desde el primer momento me asesoraron y estuvieron pendientes de mi caso, explicándome cada paso y resolviendo todas mis dudas. Sentí en todo momento que mi caso estaba en buenas manos y que defendían mis intereses. Estoy muy contenta con el trato recibido, la profesionalidad y el resultado. Muchas gracias por todo el trabajo.
    Lucia Peña
    hace 3 meses
    Me llevo el divorcio, tanto Yolanda y Marcos y fue un lujo poder tener el apoyo tan grande, una profesionalidad que te da y sobretodo una tranquilidad a la hora de todos los trámites
    Ana Arceiz Zaloha
    hace 6 meses
    Muy buen trato y muy profesionales. Desde el principio me explicaron todo claro y estuvieron pendientes en todo momento. Se agradece encontrar gente seria y que realmente se implique con tu caso. Muy recomendable.
    Rat Sumoy Solé
    hace 8 meses
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    hace 9 meses
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    Marta
    hace 9 meses
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    Manuel Calvo de Mora Pérez
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    lara morillo
    hace 11 meses
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    Laura Fernández Gómez
    hace 11 meses
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    Separación de bienes en Madrid y en toda la Comunidad de Madrid

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    Preguntas frecuentes sobre la separación de bienes

    ¿Qué inconvenientes tiene la separación de bienes?

    El cónyuge que gana menos o deja de trabajar no participa en lo que el otro adquiere. La compensación por el trabajo para la casa del artículo 1438 del Código Civil corrige en parte esa situación.

    ¿Se puede cambiar a separación de bienes estando casados?

    Sí, en cualquier momento, con capitulaciones ante notario. Al cambiar, se disuelve la sociedad de gananciales y conviene liquidarla en el mismo acto.

    ¿Es posible separarse de bienes sin liquidar los gananciales?

    Se puede pactar el nuevo régimen y liquidar después, pero mientras tanto los bienes siguen en comunidad y pueden surgir problemas. Lo recomendable es hacerlo a la vez.

    ¿Qué pasa con la casa en una separación de bienes?

    Es de quien figure como propietario. Si la comprasteis los dos, es de ambos en la proporción de la compra y se puede repartir o extinguir el condominio.

    ¿Es posible divorciarse sin un abogado en España?

    No. El divorcio requiere abogado, tanto en el juzgado como ante notario, aunque en el de mutuo acuerdo puede ser el mismo para los dos.

    Escrito y revisado por
    Yolanda Fernández · Abogada de familia · ICAM 138.217 · Actualizado octubre de 2026 · Ver perfil

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